Nosotras

Quiénes somos

e-conserje se ha formado a raíz de las necesidades de nuestra sociedad que ha adoptado la forma de vivir en comunidad, tarea que debe ser administrada de forma ordenada y eficiente para llevar una grata convivencia, como una gran familia.

Contamos con la asesoría de un equipo multidisciplinario con años de experiencia que nos brindan seguridad al momento de presentar soluciones, estableciendo una línea de confianza y responsabilidad con nuestros clientes transformándonos en una parte importante de su comunidad.
Nos caracterizamos por tener la capacidad de adaptarnos a los diferentes tipos de comunidades demostrando cercanía continuidad de servicio y velocidad en respuestas.


Nuestra diferencia en administración

Comprometida

Experta

Eficiente

Completa

Objetivo:

Entregar un servicio profesional de primer nivel, mayor gestión y transparencia que generamos con nuestro cliente, manteniendo una relación a largo plazo

Visión:

Ser una de las mejores empresas administradoras de condominios con atención integral y personalizada de chile, estableciendo una estrecha relación con nuestros clientes con el fin de ser parte de la comunidad, entregando soluciones que generen tranquilidad y bienestar al momento de disfrutar la vida familiar.

Misión

Aportar con soluciones personalizadas, implementando herramientas tecnológicas eficientes que aporten al mejoramiento automatización y control de cada comunidad.

Socias fundadoras


Denisse Arriaza

Denisse Arriaza Santander

Contador Auditor - UNIVERSIDAD ANDRES BELLO
Corredor de Propiedades - Tasador Bienes Raíces Urbanos - Instituos Inmobiliario de Chile

Ser un aporte eficiente y eficaz para la gestión en las areas que he sido formada profesionalmente, generando confianza , con mi desempeño puedo dar cumplimiento a cualquier desafio, Poseo lacapacidad y el entusiasmo para integrarme a un grupo de trabajo que posea expectativas de crecimientolaboral y personal.

Katherine Peña

Katherine Peña Alarcon

Contador Auditor - DUOC UC
Administrador de Condominio - Corredor de Propiedades Learning Group

Contador Auditor, con excelentes relaciones interpersonales, orientado al cumplimiento de objetivos, abierto alaprendizaje, sin limitaciones al cambio y nuevos desafíos, gran capacidad de análisis y con amplia experiencia en Gestión de Auditoría, Riesgos y cumplimiento. Actitud permanentemente dinámica y positiva. Gran sentido de Colaboracion

Servicios

Asesoría a Comunidades
  • Conformación comité
  • Asesoría Legal en casos de morosidades
  • Asesoria Legal en casos de responsabilidades con empresas externas
  • Capacitación en administración de comunidad.
Administración de condominios
  • Administración de personal y empresas externas
  • Control de bitácoras de mantención
  • Gestión de cálculo y cobro gasto común
  • Propuestas de mejoras espacios comunes
  • Estudio de puesta en marcha primera administración
Corretaje de propiedades
  • Soluciones Inmobiliarias
  • Administración de Arriendos
  • Asesoría en Gestión de Compra-venta de inmueble
  • Asesoría en Arriendos de inmuebles
  • Tasaciones urbanas
Auditoría Financiera
  • Auditoria ingresos y egresos
  • Auditoria a fondos operaciones y de reserva
  • Auditoria contratos laborales y pagos de cotizaciones previsionales
  • Auditoria de multas o deudas a proveedores
Auditorias Técnicas Operacionales
  • Auditoria Contratos de proveedores
  • Carpetas técnicas de mantención
  • Auditorias en actas de entrega por parte de inmobiliarias
  • Auditoria en seguros obligatorios

Tips

Su función es ser el representante legal de la comunidad a la cual representa puede ser una persona natural o jurídica y su labor consiste en hacer valer las funciones establecidas en el reglamento de copropiedad y específicamente las que le otorgue la asamblea.

Algunas de sus principales funciones son:

  • - Resguardar y cuidar los bienes de dominio común
  • - Citar a reuniones
  • - Recaudar gastos comunes
  • - Gestionar la(s) certificaciones necesarias como por ejemplo: instalaciones de gas.
  • - Salvaguardar los archivos de documentos del condominio.

El comité de administración dentro de sus facultades comprende la designación del Administrador, sin embargo la asamblea de copropietarios puede dejar sin efecto dicha designación.

Además se contempla en el artículo 24 de la ley de copropiedad: “mientras se proceda al nombramiento del comité de administración, cualquiera de los copropietarios podrá ejecutar por si solo los actos urgentes de administración y conservación”.

En primera instancia, para poder participar en las asambleas es necesario tener la calidad de copropietario que se encuentre al día en el pago de sus gastos comunes

Se puede concluir que pueden participar las siguientes personas:

  1. a) El copropietario, ya sea una persona natural o representante de la persona jurídica.
  2. b) El representante o apoderado, es decir aquella persona que cuente con un respectivo poder por escrito para representar al respectivo copropietario o en la forma en que se establezca en el respectivo reglamento de copropiedad.
  3. c) El arrendatario u ocupante, siempre cuando se cumplan los siguientes requisitos:
  4. Que el copropietario no asista a la asamblea o no designe apoderado o este último no haya asistido.
  5. y cuando el respectivo contrato de arrendamiento establezca la facultad de representar al copropietario ( arrendador ).

Los acuerdos de la asamblea deben estipularse en un libro de actas foliado, Dicha acta debe ser firmada por todos los miembros de comité o por los copropietarios que la asamblea designe.

Debe contener lo siguiente (recomendación):

  • 1) Lugar, fecha y hora de realización de la asamblea.
  • 2) Tipo de asamblea (ordinaria o extraordinaria ) y citación ( primera o segunda citación).
  • 3) Constancia de haber cumplido con las exigencias de la citación a asamblea.
  • 4) Lista de asistencia y el número de votos y su valor.
  • 5) Acuerdos tomados y su número de votos a favor y en contra.
  • 6) Declaraciones que cualquiera de los propietarios quisiere dejar.
  • 7) Firmas de las personas que autorizan el acta.

Una de las obligaciones más importantes en la administración de condominios es la rendición de cuentas por parte del administrador, estas deben ser efectuadas al menos durante los últimos doce meses en una asamblea ordinaria.

No, debido a que no pueden ser objeto de gravamen, enajenación ni arrendamiento.

Si, están obligados. Según el artículo 20, de la Ley de Copropiedad: “Todo copropietario estará obligado a asistir a las asambleas respectivas, sea personalmente o debidamente representado, según se establezca en el reglamento de copropiedad…” Sin embargo, dado que el legislador no señala que la inasistencia debiera ser sancionada, no correspondería aplicar una multa.

La ley es muy clara al respecto: todos deben cancelar los gastos comunes contribuyendo en la proporción que le corresponde (salvo que el reglamento de copropiedad establezca otra forma de contribución) y el cobro se efectuara a través del administrador del condominio.

Asimismo, Los gastos comunes deberán ser cancelados con la periodicidad y plazos que estipula el reglamento de copropiedad de su condominio. En caso de morosidad en el pago de tres o más cuotas continuas o discontinuas se podrá suspender el servicio eléctrico previa autorización del comité de administración.

El cobro judicial de los gastos comunes, se rige por las siguientes normas:

  1. a) Tribunal competente, es decir el juez de letras respectivo.
  2. b) Procedimiento aplicable. Articulo 434 y posteriores del código de procedimiento civil dentro del cual se establece el embargo y posterior remate de la unidad.
  3. c) Titulo ejecutivo. Los avisos de gastos comunes tendrán merito ejecutivo para el cobro de los mismos, es decir se pueden embargar los bienes.
  4. d) Notificación de la demanda. Este procedimiento se efectúa personalmente o por cedula dejada en el domicilio.

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